Condiciones Generales de Participación al Sistema de Intercambio Ciudadano REC
  1. Objeto: Contrato Marc de Adhesión
  2. Datos generales
  • 2.1. Notificaciones a los Usuarios
    2.2. Declaración expresa de información recibida
    2.3. Notificaciones para el Sistema de Intercambio Ciudadano REC
    2.4. Tipología de los Usuarios
    2.5. Utilidades básicas para los Usuarios
  1. Condiciones de utilización del Sistema de Intercambio Ciudadano REC
    3.1. Condiciones generales
    3.2. Obligaciones particulares de uso para Usuarios Consumidores
    3.3. Derechos de los Usuarios Consumidores
    3.4. Titularidad individual de la cuenta y habilitación de personas autorizadas
    3.5. Ingreso y utilización de la cuenta
    3.6. Cumplimiento, rechazo y registro de órdenes de los Usuarios
    3.7. Errores y transacciones no autorizadas
    3.8. Bloqueo de cuentas por el Sistema de Intercambio Ciudadano REC
    3.9. Alcance de las responsabilidades del Sistema de Intercambio Ciudadano REC
    3.10. Duración y resolución del Contrato
    3.11. Modificación de las condiciones
    3.12. Propiedad intelectual e industrial
    3.13. Régimen de protección de datos de carácter personal
    3.14. Servicio de atención al Usuario
    3.15. Tipificación de infracciones y sanciones
  2. Marco legal aplicable
  3. Cesión
  4. Procedimiento de reclamación extrajudicial
    Apéndice. Parámetros de la cuenta
Condiciones generales

1.Objeto: Contrato Marc de Adhesión

La aceptación de las presentes Condiciones Generales de Participación constituye. conjuntamente con el Contrato de Adhesión y, si procede, las condiciones particulares aplicables a cada tipo de usuario, el Contrato Marco de Adhesión (en adelante, el “Contrato”) entre usted actuando como usuario (en adelante, el ”Usuario” y conjuntamente los “Usuarios”) y la Asociación Novact, entidad sin ánimo de lucro, con sede a Calle Junta de Comerç, 20, principal 08001 de Barcelona con NIF G62083357, en su condición de Titular del Sistema de Intercambio Ciudadano REC (en adelante, l”Entidad Gestora”).

El objetivo del Sistema de Intercambio ciudadano de Intercambio Ciudadano REC (en adelante e indistintamente, el “Sistema” o “Sistema de Intercambio Ciudadano REC”) es introducir una herramienta innovadora de transformación social que incida en la promoción del comercio, la economía y la ocupación de proximidad mediante los principios rectores de la economía social y solidaria, incorporando mecanismos que actúen de motor de cambio de la realidad económica y ayuden a resolver las necesidades del tejido comercial, empresarial y social del Eje Besós.

El objetivo del presente Contrato es determinar la participación del Usuario como miembro del Sistema de Intercambio Ciudadano REC, plataforma digital donde se facilitan los servicios de pago de intercambios a los partícipes mediante la unidad de confianza llamada REC (en adelante, “REC”). Este Sistema nace como parte del proyecte “B-MINCOME, combinando una renta garantizada con políticas sociales activas en áreas urbanas desfavorecidas de Barcelona” del que la Entidad Gestora es socia del Ayuntamiento de Barcelona. [1]

Este Contrato contiene y concreta las condiciones generales y términos de funcionamiento que rigen las partes -Usuarios y Titular- dentro del Sistema de Intercambio Ciudadano REC para la ejecución de las operaciones de pago de intercambios y demás transacciones con el debido respecto al marco legal aplicable.

El objeto del presente Contrato es en definitiva habilitar a adquirir la condición de sujeto participante en el Sistema de Intercambio Ciudadano REC conforme a las normas que rigen este sistema en el presente Contrato.

[1] B-Mincome es un proyecto del Ayuntamiento de Barcelona que ha obtenido financiación de la Unión Europea dentro del programa Urban Innovative Actions. El documento marco “Acuerdo de colaboración del proyecte B-Mincome” es el contrato firmado entre todos los socios de proyecto que regula los deberes y responsabilidades de cada uno de los socios de proyecto entre los cuales la Asociación Novact.

La entidad de pagos contratada para gestionar los fondos en euros del Sistema de Intercambio ciudadano rec es Lemon Way, cuyo contrato marco está disponible en este enlace (en inglés).

2.Datos generales

2.1. Notificaciones a los Usuarios

El número de teléfono y/o el correo electrónico indicados en el formulario de alta serán utilizados para transmitir a los Usuarios las notificaciones de cualquier información, modificación o eventualidad que pudiera resultar relevante respecto a las condiciones del presente Contrato en particular y a la operativa del Sistema de Intercambio Ciudadano REC en general.

Nos comunicaremos con los Usuarios en el idioma en el que hayan aceptado estas condiciones generales de participación y uso (en adelante, las “Condiciones Generales de Participación”).

Con excepción de las modificaciones de estas condiciones Generales de Participación, el Sistema de Intercambio Ciudadano REC puede proporcionar notificaciones o informaciones del interés de los Usuarios:

  • publicándolas en las páginas web del Sistema de Intercambio Ciudadano REC
  • publicando información de su exclusiva incumbencia a la cual únicamente podrá acceder el Usuario iniciando sesión en el área privada de su cuenta,
  • enviándola por correo electrónico a la dirección que aparece en su cuenta,
  • por correo postal a la dirección que aparece en su cuenta
  • llamándole por teléfono o mandándole un mensaje de texto a su teléfono móvil indicado en su cuenta.

Las anteriores comunicaciones pueden incluir avisos de incidencias en el Sistema o información relevante de la operativa de pago.

Estas notificaciones se considerarán recibidas por el Usuario en el plazo de veinticuatro (24) horas desde el momento que se publiquen en la página web del Sistema de Intercambio Ciudadano REC. Si la correspondiente notificación se envía por los otros medios especificados anteriormente, la consideraremos recibimiento por usted tres (3) días laborales después de su envío.

2.2. Declaración expresa de información recibida

Con la aceptación de las presentes condiciones generales de participación, el Usuario declara expresamente haber recibido de forma precisa, clara y fácilmente accesible el Contrato y el resto de información sobre las reglas básicas de utilización del Sistema de Intercambio Ciudadano REC, en los siguientes extremos:

  • bonificaciones o gastos que le pudieran ser imputables con carácter previo a producirse el correspondiente cargo en su cuenta. El Sistema de Intercambio Ciudadano REC prevé en su Aplicación móvil un espacio habilitado para realizar actuaciones de compra vinculadas a bonificaciones/recompensas que disponen de sus condiciones particulares indicadas en el espacio “Participa”.
  • comunicación para la transmisión de información o notificaciones.
  • responsabilidades y requisitos necesarios para la retrocesión de pagos.
  • causas y condiciones de eventuales modificaciones y rescisión del presente Contrato.
  • legislación aplicable, la competencia jurisdiccional y los procedimientos de reclamación. Respecto a estos aspectos, el Usuario Consumidor declara que ha sido informado sobre la clasificación de los Usuarios que realiza el Sistema de Intercambio Ciudadano REC y otras garantías previstas en base al formulario de información (que debe de obligatoriamente rellenar el Usuario para evitar un uso fraudulento del Sistema de Intercambio Ciudadano REC en atención a la legislación sobre blanqueo de capitales y financiación del terrorismo).
  • las garantías que se prevén para el correcto tratamiento de los datos personales y de otro tipo de información, generados por el propio Sistema de Intercambio Ciudadano REC, en aplicación de las previsiones contempladas sobre este tema por la legislación sobre protección de datos personales y la legislación sobre reutilización de la información del sector público.

2.3. Notificaciones para el Sistema de Intercambio Ciudadano REC

Las notificaciones que los Usuarios tengan que realizar al titular del Sistema de Intercambio Ciudadano REC en relación con estas condiciones de uso se tendrán que enviar por correo electrónico a la dirección [info@rec.barcelona].

También podrán dirigirse por correo postal a:

Sistema de Intercambio Ciudadano REC

[Plaça Catalunya, Nº 9, 5é 2na 08002 Barcelona]

2.4. Tipología de los Usuarios

El Usuario participará en el Sistema de Intercambio Ciudadano REC según su tipología y condición:
• Usuario Consumidor [1]
• Usuario Profesional[2]

Los requisitos para ser Usuario del Sistema son:

  • a) Personas físicas mayores de edad o menores emancipados, no incapacitados judicialmente y que, en el caso de los Usuarios Profesionales, no se encuentren en situación de concurso. Los menores podrán ser autorizados por sus representantes legales a disponer de Usuario.
  • b) Personas jurídicas que manifiesten bajo su responsabilidad no haber sido declaradas en concurso, así como aquellas que no se encuentren en situación de liquidación.

[1] El presente Contrato hace suyo el concepto de consumidor recogido al apartado 11 del artículo 2 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, “persona física que, en los Contratos de servicios de pago que son objeto de la presente Ley, actúa con fines ajenos a su actividad económica, comercial o profesional”

[2] Para aportar una delimitación no únicamente negativa, como hace la ley de servicios de pago, el presente Contrato hace suyo el concepto amplio de empresa establecido por el derecho de la Unión Europea, según el cual comprende todo sujeto que, independientemente de su forma jurídica, ejerza una actividad económica. En concreto, la definición se extrae del artículo 1 de la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, (DOUE, 20.5.2003): “las entidades que ejercen una actividad artesanal u otras actividades en título individual o familiar, las sociedades de personas y asociaciones que ejercen una actividad económica de forma regular”. Por lo tanto, comprende amplia variedad de entidades o personas jurídicas, desde sociedades anónimas, cooperativas, asociaciones, así como personas físicas como los autónomos.

2.5. Utilidades básicas para los Usuarios

El Sistema de Intercambio Ciudadano REC da derecho a los Usuarios debidamente registrados, a ser titulares de cuentas a la plataforma tecnológica que permite realizar pagos y recibir fondos en recs por los canales operativos habilitados en ella, transferir fondos a otras cuentas del Sistema, configurar sus datos de Usuario, beneficiarse de los incentivos que se establezcan, soportar las cuotas en recs vigentes y, en su caso, solicitar la conversión de los recs a euros.

El Usuario podrá disfrutar otros servicios, complementarios a los anteriores, que se vayan adicionando en el futuro para enriquecer el Sistema de Intercambio Ciudadano REC. La implantación de los nuevos servicios y las modificaciones que comporten se irán comunicando oportunamente a los Usuarios, en los términos indicados en el apartado 4 c de la cláusula 3.3.

3. Condiciones de utilización del Sistema de Intercambio Ciudadano Rec

 3.1. Condiciones generales

Las obligaciones generales que afectan a todos los Usuarios del Sistema son las siguientes:

  1. Utilizar los recs en conformidad con las condiciones que regulen el funcionamiento del Sistema. En particular, cuando sea dado de alta en el Sistema de Intercambio Ciudadano REC, en virtud del presente Contrato, el Usuario tendrá que tomar todas las medidas razonables con objeto de proteger los elementos de seguridad personalizados de que vaya proveído.
  2. Suministrar toda la información que requiera el Sistema para su correcto funcionamiento tanto desde el punto de vista técnico como legal. Esta obligación comprende, entre otros extremos, completar el formulario de información obligatoria del Usuario, de forma previa a la aceptación del presente Contrato. Este formulario formará parte de la documentación contractual.
  3. Comunicar al Sistema de Intercambio Ciudadano Rec cualquier cambio sobre la información anteriormente referida para mantener esta información actualizada.
  4. Declarar y confirmar que toda la información facilitada al Sistema de Intercambio Ciudadano Rec de forma previa, simultánea a la aceptación del presente Contrato y durante la vigencia de éste, es completa, exacta y veraz. En virtud de esta declaración, el Sistema de Intercambio Ciudadano Rec confiará que toda la información proporcionada por el Usuario cumple estas exigencias, salvo que el propio Sistema de Intercambio Ciudadano Rec tenga constancia que la referida información es manifiestamente desfasada, inexacta o incompleta, en cuyo caso podrá decidir la resolución del Contrato, sin perjuicio de las sanciones previstas en la Cláusula 3.15 posterior que le puedan corresponder al presunto infractor.
  5. No difundir, transmitir o poner a disposición de terceros cualquier información, elemento o contenido del Sistema de Intercambio Ciudadano REC que suponga una violación de la legislación vigente en materia de protección de datos y propiedad intelectual e industrial.
  6. No actuar con falta de poder en nombre y representación otras personas físicas o jurídicas, o suplantando a otros Usuarios y sujetos autorizados por estos, utilizando claves de registro al acceder al Sistema de Intercambio Ciudadano REC.
  7. Utilizar las herramientas informáticas del Sistema convenientemente, estando prohibida cualquier forma de uso que pueda dañar, inutilizar, sobrecargar, deteriorar o impedir la normal utilización de los servicios, los equipos informáticos o los documentos, archivos y todo tipo de contenidos almacenados en cualquier equipo informático (hacking) del Sistema, otros Usuarios o de cualquier usuario de Internet (hardware y software). En este sentido, resta prohibida cualquier intrusión indebida dentro del Sistema y/o hacer un uso dirigido a cometer cualquier tipo de delito o infracción administrativa, como el blanqueo de dinero, entre otros.
  8. Pagar los impuestos que correspondan por las transacciones realizadas.
  9. Autorizar al Titular del Sistema para que pueda notificar sus movimientos a las autoridades competentes que así lo soliciten o a las que sea obligatorio por ley.
  10. Utilizar la plataforma del Sistema y sus diferentes canales de actuación de conformidad no sólo con la legalidad, sino también con la moral y las buenas costumbres generalmente aceptados y el orden público. En este sentido, está prohibido:
    • a) Ofender a otros Usuarios, ya sea contraviniendo su derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, induciendo, incitando o promoviendo actuaciones, actitudes o pensamientos discriminatorios por razón de sexo, raza, religión, creencias, edad o condición.
    • b) Menoscabar el crédito o imagen del propio Sistema de Intercambio Ciudadano REC.
    • c) Incitar o promover actuaciones delictivas, denigrantes, difamatorias, infamante, violentas, que sean nocivas para la salud y el equilibrio psíquico de los Usuarios, induciendo en un estado inaceptable de temor o de ansiedad.
    • d) Incorporar, poner a disposición o permitir acceder a productos, elementos, mensajes y/o servicios delictivos, violentos, ofensivos, nocivos, degradantes.
  11. No desvelar las claves de acceso a las cuentas a nadie. El Usuario del Sistema será responsable de cualquier afectación a su saldo de recs que guarde relación con esta cuestión.
  12. Las transacciones tienen que mantener el mismo precio nominal de venta en recs que en euros del producto o contraprestación de servicio, así como la misma calidad y gama de productos o servicios ofrecidos, en paridad un rec es igual a un euro.
    Al beneficiario de una eventual orden de pago, esta obligación le impide establecer cuotas o recargos adicionales en el cobro en rec en la medida que su aceptación como medio de pago no le comporta incurrir en gastos diferenciales por el mero hecho de su aceptación. Sin embargo, le impide ofrecer como ventaja al ordenante del pago, una reducción en la próxima compra en rec.
  13. Notificar al Sistema de Intercambio Ciudadano REC con la máxima diligencia, sin demoras indebidas, que se ha producido o que existe una duda razonable sobre los siguientes extremos:
    • a) Que ha habido una operación de pago no autorizada o ejecutada incorrectamente. El plazo para proceder a tal notificación se concreta a la Cláusula 3.2 en función del tipo de Usuario.
    • b) Que se ha producido una pérdida o sustracción de los datos del Usuario/clave de acceso al Sistema, o estas se han revelado sin autorización. Tal deber de comunicación nacerá desde el mismo momento que se tenga conocimiento de la referida circunstancia. El Usuario del Sistema responderá económicamente de forma íntegra de cualquiera afectación a su saldo de recs que guarde relación con esta cuestión hasta el momento en que se produzca esta comunicación.
  14. Será el responsable administrativo, laboral o civil de las infracciones cometidas por él y por otras personas a las que autorice a utilizar su cuenta.
  15. Será responsable de los daños que pueda ocasionar a terceras personas por razón de su actividad.
  16. Cumplir toda la normativa que afecta al Sistema.

En el supuesto incumplimiento de las referidas normas de conducta, se procederá según el establecido a la Cláusula 3.15 posterior.

 3.2. Obligaciones particulares de uso para Usuarios Consumidores

Las obligaciones generales de uso aplicables a los Usuarios son las siguientes:

  1. La obligación de suministro de información al Sistema de Intercambio Ciudadano REC comprenderá tanto los datos necesarios para identificar y describir al Usuario como aquellas referidas al beneficiario y al objeto de las transacciones al momento de llevarlas a cabo.
  2. Respecto a la obligación de cumplir, veracidad y exactitud de la información suministrada, recogida al apartado 4 de la Cláusula 3.1, ésta comporta, entre otros extremos, la prohibición de introducir o difundir en el Sistema de Intercambio Ciudadano REC información que sea ambigua en la descripción de los servicios y productos ofrecidos que pudiera inducir a error a los receptores de la información. En este sentido, cualquier referencia a los precios de los productos o servicios que puedan ser objeto de transacción mediante el Sistema de Intercambio Ciudadano REC tendrá que ser clara y exacta, indicando si incluye o no los impuestos aplicables. Y, en igual sentido, queda prohibido realizar publicidad ilícita desleal.
  3. La información suministrada por el Usuario en su registro al Sistema podrá ser pedida por escrito.
  4. Respecto a la obligación de notificación de operaciones de pago no autorizadas o ejecutadas incorrectamente a la cual hace referencia al apartado 13 de la Cláusula 3.1, la referida comunicación tendrá que producirse con un plazo máximo trece (13) meses desde la fecha de la deuda o del abono en caso de Usuarios Consumidores y de siete (7) días naturales desde la fecha de la transacción en caso de Usuarios Profesionales. Los medios y las condiciones para proceder a esa comunicación serán los detallados en el apartado 3 de la presente cláusula 3.7.
  5. Tener una participación responsable y seria como consumidor o profesional, cumpliendo escrupulosamente los compromisos asumidos con los otros Usuarios del Sistema de Intercambio Ciudadano REC.
  6. Obligación del titular de la cuenta de comunicar el cese de la relación contractual con la persona autorizada a operar en su cuenta, en los términos previstos al apartado 2 de la Cláusula 3.4, y a darlo inmediatamente de baja del Sistema de Intercambio Ciudadano REC.
  7. Los Usuarios profesionales declaran bajo su responsabilidad no estar declarados en concurso, ni encontrarse en situación de liquidación.
  8. El cambio de euros en recs será irrevocable y los Usuarios Consumidores que lo lleven a cabo no tendrán derecho de revertir el cambio

 3.3. Derechos de los Usuarios Consumidores

Con las excepciones indicadas en la Cláusula 3.8, los derechos de los Usuarios son los siguientes:

  1. Derecho de admisión en el Sistema cuando se cumplan los requisitos establecidos.
  2. Derecho a tener una disponibilidad inmediata de los recs en su cuenta por parte del Usuario que sea beneficiario de una transacción de forma simultánea a la confirmación de la orden de pago.
  3. Derecho a acceder a la información del estado de su cuenta en todo momento.
  4. Derecho a ser informados de forma permanente, fácil, directa y gratuita, entre otros extremos:
    • a) Sobre las condiciones técnicas y de otras que resulten necesarias para la correcta operativa del Sistema de Intercambio Ciudadano REC.
    • b) Sobre los diferentes medios de carácter técnico que aumenten los niveles de la seguridad de la información y permitan, entre otras, la protección frente a virus informáticos y programas espía, y la restricción de los correos electrónicos no solicitados.
    • c) Sobre las modificaciones que la Entidad Gestora proponga al presente Contrato o a las reglas de funcionamiento del Sistema de Intercambio Ciudadano REC en general para que pueda, en todo caso, manifestar eventualmente su oposición. Esta información comprende el contenido y alcance de la modificación propuesta, el plazo para manifestar su oposición y la consiguiente voluntad de resolución del Contrato, así como la entrada en vigor de las nuevas medidas propuestas. Se entenderá que la Entidad Gestora ha hecho efectivo este derecho de información al Usuario mediante la inclusión de esta información exigida a la página o lugar principal web del Sistema de Intercambio Ciudadano REC, ya sea mediante avisos específicos al acceder a la cuenta u otras técnicas que permitan al Usuario detectar fácilmente y comprensiblemente novedades que resulten relevantes para la operativa del Sistema de Intercambio Ciudadano REC. La referida inclusión será prueba suficiente del cumplimiento de esta obligación. Otros extremos sobre la modificación de las condiciones del contrato aparecen detallados en la cláusula 3.11
  5. Derecho a que el Sistema de Intercambio Ciudadano REC le garantice que:
    • a) los elementos de seguridad personalizados sólo sean accesibles para el propio Usuario.
    • b) en todo momento, estarán disponibles medios adecuados y gratuitos que permitan al Usuario efectuar las comunicaciones a las cuales está obligado, según el apartado 13 de la Cláusula 3.1, y la solicitud de desbloqueo de la cuenta, en el supuesto de que haya tenido lugar, en los términos previstos en la Cláusula 2.7 del presente Contrato. A tales efectos, el Sistema de Intercambio Ciudadano REC facilitará medios al Usuario que le permitan demostrar que efectuó las referidas comunicaciones, durante al menos los dieciocho (18) meses siguientes a las mismas. En todo caso, si el Sistema de Intercambio Ciudadano REC no tuviera disponibles medios adecuados porque pueda notificarse en todo momento la pérdida o la sustracción de un instrumento de pago, el Usuario Consumidor no será responsable de las consecuencias económicas que se pudieran derivar de la utilización de este instrumento de pago, excepto en el supuesto de que haya actuado de manera fraudulenta.
    • c) se impide la realización de cualquier operación una vez que el Usuario ha notificado la pérdida o sustracción de los datos del Usuario/clave de acceso al Sistema, o su revelación no autorizada, en los términos previstos en apartado 13 de la Cláusula 3.1. En todo caso, excepto actuación fraudulenta, el Usuario no soportará ninguna consecuencia económica por la utilización, con posterioridad a la notificación del hecho a que se refiere el apartado 13.b de los referidos datos de la Cláusula 3.1 del presente Contrato.
    • d) en los casos en que el Usuario Consumidor niegue haber autorizado una operación de pago ya ejecutada o alegue que esta se ejecutó de manera incorrecta, que la carga de la prueba que la operación de pago fue autentificada, registrada con exactitud y contabilizada, y que no se vio afectada por un error técnico o cualquiera otra deficiencia, corresponderá a la entidad o unidad que provea los servicios tecnológicos al Sistema de Intercambio Ciudadano REC. A tales efectos, para demostrar que la operación de pago fue autorizada por el ordenante y que este actuó de manera fraudulenta o incumplió deliberadamente o por negligencia grave una o diversas de sus obligaciones de Usuario, previstas en las Cláusulas 3.1 y 3.2, el Sistema de Intercambio Ciudadano REC no sólo utilizará el registro de la utilización de pago sino los registros de todas las comunicaciones que permitan identificar las características del terminal, utilizado para realizar la orden de pago, descartar la existencia de manipulaciones, así como la información de la emprendida proveedora de las comunicaciones a internet sobre el titular de su Contrato. Respecto a los plazos para llevar a cabo esta tarea probatoria e investigación se atenderá lo prescrito en número 4 de la cláusula 3.7.
    • e) en caso de que se ejecute una operación de pago no autorizada, procederá a la devolución inmediatamente del importe de la operación no autorizada y, si procede, al restablecimiento en la cuenta de pago, en la que se haya cargado de este importe, al estado que habría existido de no haberse efectuado la operación de pago no autorizada. No obstante, lo anterior, el Usuario ordenante
      • i) soportará hasta un máximo de 50 euros, las pérdidas derivadas de operaciones de pago no autorizadas resultantes de la utilización del sistema de pago indebido, consecuencia de un medio de pago extraviado o sustraído, salvo que:
        • a) al ordenante no le resultaba posible detectar la pérdida, el robo o la apropiación indebida de un instrumento de pago antes de un pago, salvo cuando el propio ordenante haya actuado fraudulentamente, o
        • b) la pérdida se debe a la acción o inacción de empleados o de cualquier agente, sucursal o entidad de un proveedor de servicios de pago al que se hayan externalizado actividades.
      • ii) afrontará el total de las pérdidas que afronte como consecuencia de operaciones de pago no autorizadas que sean fruto de su actuación fraudulenta o del incumplimiento, deliberado o por negligencia grave, de una o diversas de sus obligaciones, recogidas en las Cláusulas 3.1 y 3.2 del presente Contrato.
    • f) el derecho a recibir un servicio de atención al Usuario adecuado a sus necesidades en los términos recogidos a la Cláusula 3.14 de este Contrato del Sistema de Intercambio Ciudadano REC.
    • g) el derecho de los Usuarios Consumidores a denunciar ante la Entidad Gestora aquellas situaciones de no aceptación de los recs como medio de pago por parte de Usuarios Profesionales o de establecimiento de cuotas o recargos o cualquiera otro concepto por parte de Usuarios Profesionales que altere la paridad un rec a un euro.
    • h) rinde al cobro íntegro o parcial, según corresponda, del importe solicitado para la conversión, manteniendo la paridad con el euro, una vez se haya tramitado la solicitud de conversión de recs a euros.
    • i) y, finalmente, en caso de desaparición del Sistema, derecho a convertir sus recs en euros, sin que, en tal caso, pueda imponerse una cuota de retirada.

 3.4. Titularidad individual de la cuenta y habilitación de personas autorizadas

  1. Las cuentas son personales e intransferibles y van vinculados a la identidad de sus titulares. No está permitida la cesión, el cambio de titulares de una cuenta, ni cambios en otros elementos que contribuyan a la identificación de los sujetos en la transacción, salvo que tales cambios vinieran impuestos por cambios legales o decisiones judiciales obligatorias que tendrán que acreditarse documentalmente. Está permitida la baja de titulares.
  2. Los titulares de la cuenta, una vez dados de alta como Usuarios, podrán habilitar, bajo su responsabilidad, a personas físicas para operar con su cuenta. Estas se denominarán “personas autorizadas”.
  3. Las personas autorizadas tendrán que tener necesariamente un vínculo directo con el titular de la cuenta en virtud de una relación contractual laboral o de cualquiera otro tipo. Autorizar el acceso al Sistema a personas que no estén directamente vinculadas al titular de la cuenta será bajo responsabilidad exclusiva del titular y podrá comportar la baja de la cuenta del Sistema.
  4. Los aspectos más relevantes de la actuación de las personas autorizadas en el Sistema de Intercambio Ciudadano REC a tomar en consideración son los siguientes:
    • a) Al ser habilitadas como las personas autorizadas y en atención a las posibilidades ofrecidas por la plataforma digital del Sistema de Intercambio Ciudadano REC, el titular tendrá que determinar el alcance o tipo de las operaciones que estos puedan realizar, ya sea precisando el tipo de operaciones que pueden realizar o no (recibir o no pagos, poder realizar pagos o no, solicitar la conversión anticipada), la cantidad de euros de las transacciones que puedan realizar al día, así como también el tipo de información sobre la cuenta a la cual pueden acceder.
    • b) En atención al alcance concreto de tal habilitación, todas las operaciones y actuaciones llevadas a cabo por la persona autorizada serán imputadas a la persona titular de la cuenta que responderá por ellas cómo si las hubiera realizado ella misma frente al Sistema de Intercambio Ciudadano REC.
    • c) El cese de una eventual relación contractual entre el titular y la persona autorizada comportará que el titular de la cuenta tenga la obligación de dar de forma inmediata la baja del Sistema de Intercambio Ciudadano REC a esta persona autorizada a través del mecanismo correspondiente disponible a la plataforma. Mientras no proceda de esta forma, todavía habiendo desaparecido el referido vínculo, a efectos de cualquier eventualidad que pudiera acontecer respecto a la actuación de la persona autorizada en el Sistema de Intercambio Ciudadano REC, responderá el titular de la cuenta.

3.5. Ingreso y utilización de la cuenta

  1. El titular de una cuenta o la persona autorizada podrá tener acceso u operar con la cuenta sólo a través de los medios o canales que las partes que vayan a realizar la transacción convengan entre los previstos en el Sistema de Intercambio Ciudadano REC, los cuales son la página web y la aplicación para móviles. El titular de una cuenta podrá realizar las siguientes operaciones:
    • a) consultar el saldo y movimientos de su cuenta.
    • b) realizar operaciones de pago o transferencias
    • c) solicitar la conversión de recs por euros únicamente en el caso de los Usuarios Profesionales.
    • d) habilitar a determinadas personas físicas a actuar como personas autorizadas en los términos previstos en los apartados 2, 3 y 4 de la Cláusula 3.4.
  2. La persona autorizada podrá realizar las mismas operaciones recogidas en el apartado anterior en las condiciones en que el titular de la cuenta sobre el cual opera haya configurado su perfil, con excepción de las recogidas a la letra d del punto anterior.
  3. El Sistema de Intercambio Ciudadano REC podrá habilitar en el futuro otras operaciones, la realización de las cuales podrá ser voluntaria u obligatoria. En este último caso será necesario, en todo caso, que el Sistema de Intercambio Ciudadano REC habilite un plazo para que el Usuario pueda oponerse a la imposición de esta y decidir consecuentemente la resolución del Contrato. En tal caso, la conversión de los suyo saldo de recs a euros no será aplicable y dispondrá de un plazo de tres (3) meses para gastarlos dentro del Sistema durante el cual no podrá recibir nuevos ingresos.
  4. Para realizar operaciones de pago, mediante la página web o la aplicación para móviles, el ordenante, sea el titular o la persona autorizada, tendrá que:
    • a) Confeccionar una orden de pago, como paso previo a dar su consentimiento de pago, procediendo la siguiente manera:
      • i) entrará a la cuenta del cual es titular o persona autorizada y al cual quiere imputar el cargo del pago a efectuar mediante la introducción de su identidad de Usuario y su clave personal de acceso.
      • ii) seleccionará y activará entre las diferentes opciones posibles, la que consista a “realizar pago”.
      • iii) identificar al eventual beneficiario del pago, según las diferentes opciones disponibles y habilitadas por la plataforma digital del Sistema de Intercambio Ciudadano REC al momento de realizar la transacción.
      • iv) introducir la cantidad a pagar y el concepto objeto de la transacción.
    • b) El consentimiento de pago se producirá de forma inmediata en el momento en que el Usuario seleccione y active “confirmar”. Esta confirmación comporta la ejecución inmediata de la orden de pago y el asentamiento simultáneo de la transacción en las respectivas cuentas del Usuario/ordenando y del Usuario/beneficiario.
  5. Esta simultaneidad y automatismo garantiza la liquidez inmediata de los recs, de forma similar al efectivo en la moneda de curso legal, y determina la irrevocabilidad de la orden de pago en el Sistema de Intercambio Ciudadano REC una vez “confirmada”, salvo que el beneficiario acepte su revocación a instancia del ordenante. En caso de que se convenga la mencionada revocación, esta se tendrá que hacer efectiva mediante una transacción inversa por el mismo importe que la ordenada por el beneficiario de la transacción revocada a favor del ordenante original.

3.6. Cumplimiento, rechazo y registro de órdenes de los Usuarios

  1. Las partes pactan que el Sistema de Intercambio Ciudadano REC sólo atenderá las órdenes de pago enviadas al Sistema de Intercambio Ciudadano REC por los canales de pago anteriormente indicados únicamente cuando vayan acompañadas de las claves, requisitos técnicos o indicaciones establecidos a la operativa del Sistema de Intercambio Ciudadano REC, que estará debidamente actualizada y a disposición de los Usuarios a través de la correspondiente página web o la aplicación móvil del Sistema de Intercambio Ciudadano REC.
  2. Si el Sistema de Intercambio Ciudadano REC rechazara la ejecución de una operación dentro del Sistema de Intercambio Ciudadano REC por el Usuario ordenante, tendrá que notificar de forma gratuita al Usuario esta negativa y, en lo posible, los motivos de esta, así como el procedimiento para rectificar los posibles errores de hecho que lo hayan motivado, salvo que una normativa vigente lo prohibiera en un caso concreto. Esta notificación se realizará por mensaje enviado a la dirección de correo, autorizada para comunicaciones, y mediante avisos al acceder a la cuenta.
  3. El Sistema de Intercambio Ciudadano REC resta autorizado a guardar registro, órdenes y todo tipo de actuaciones de los Usuarios respecto a las operaciones realizadas en el Sistema de Intercambio Ciudadano REC, así como de las conversaciones telefónicas que mantenga con el Titular y personas autorizadas vinculadas con el Sistema de Intercambio Ciudadano REC.

3.7. Errores y transacciones no autorizadas

  1. Para la identificación de errores y/o transacciones no autorizadas, cualquier Usuario puede consultar su historial de transacciones en cualquier momento, sólo tiene que iniciar una sesión a su cuenta del Sistema de Intercambio Ciudadano REC y acceder a su cuenta de Usuario. El Usuario tiene que informar inmediatamente al Sistema de Intercambio Ciudadano REC si tiene motivos para creer que se ha producido cualquiera de las siguientes actividades:
    • a) se ha enviado una transacción no autorizada desde su cuenta.
    • b) se ha producido un acceso no autorizado a su cuenta.
    • c) su contraseña o clave de acceso por móvil se ha visto comprometida.
    • d) se ha perdido, le han robado o se ha desactivado cualquier dispositivo que haya usado para acceder a los servicios.
    • e) alguien ha transferido o puede haber transferido dinero desde su cuenta sin su permiso.
  2. Tiene que informar también al Sistema inmediatamente si tiene razones para creer que se ha producido un error de cualquier otro tipo en su cuenta. Para notificar al Sistema de Intercambio Ciudadano REC inmediatamente cualquiera de los acontecimientos mencionados, se compromete a supervisar atentamente su cuenta de forma regular.
  3. Comunicación al Sistema de Intercambio Ciudadano REC de errores, transacciones no autorizadas o uso indebido o no autorizado de su instrumento de pago., llamando por teléfono o escribiendo por e-mail siguiendo las indicaciones de la Cláusula 2.3. Si inicialmente proporciona esa información por teléfono, el Sistema puede requerirle que envíe su reclamación o pregunta por escrito en los plazos indicados a la Cláusula 3.2. El usuario tiene que proporcionar toda la información que disponga sobre las circunstancias de cualquier error, transacción no autorizada o uso indebido o no autorizado de su instrumento de pago o de su cuenta y seguir todos los pasos razonables solicitados para ayudar al Sistema de Intercambio Ciudadano REC en su investigación. En tales circunstancias, el Sistema podrá proporcionar a terceros información que se considere necesaria, de acuerdo con nuestra política de privacidad.
  4. Revisión de informes de errores. El Sistema informará al usuario del resultado de la investigación en un plazo de veinte (20) días laborables desde la recepción de su notificación. Si el Sistema ha cometido un error, lo corregirá rápidamente. Sin embargo, si fuera necesario más tiempo para investigar el origen o causa de la reclamación o la duda, no se podrá un máximo de treinta (30) días. Una vez finalizada la investigación, se informará al Usuario de los resultados de esta en un plazo de tres (3) días laborables. Si se determina que no había ningún error, se enviará al usuario una explicación por escrito y se recuperará el importe abonado en su cuenta en relación con el supuesto error, siempre que éste no sean resultado de una actuación fraudulenta o por incumplimiento deliberado o por negligencia grave, en los términos indicados en el apartado e) de la cláusula 3.3.
  5. Responsabilidad por transacciones no autorizadas. Si informa que ha habido un acceso indebido a su cuenta, el Sistema verificará esta información en los términos indicados en  la letra d) del apartado 5 de la cláusula 3.3 y, si no hay pruebas que indiquen fraude o negligencia deliberada o grave por parte del usuario, se reembolsará  la totalidad de los importes de todas las transacciones no autorizadas realizadas con su cuenta, siempre que nos haya informado del acceso indebido a su cuenta en los plazos indicados en la Cláusula 3.2 y concurran las circunstancias recogidas en la letra e) de la cláusula 3.3. Cuando creamos fundamentalmente que se requiere una investigación más exhaustiva para aclarar las circunstancias que rodean el acceso indebido a su cuenta del que se ha informado, seguiremos el mismo proceso que el expuesto en el punto anterior para esta investigación.

3.8. Bloqueo de cuentas por el Sistema de Intercambio Ciudadano REC

  1. El Sistema de Intercambio Ciudadano REC se reserva el derecho a bloquear la cuenta de un Usuario determinado por razones objetivamente justificadas relacionadas con la seguridad, la viabilidad del Sistema de Intercambio Ciudadano REC y la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismo.
  2. En los supuestos contemplados en el apartado 1 anterior de la presente Cláusula, el Sistema de Intercambio Ciudadano REC informará del referido bloqueo y de los motivos de este al Usuario mediante un mensaje de correo dirigido a la dirección electrónica autorizada para realizar notificaciones y comunicaciones y, en todo caso, en el momento que quiera acceder a su cuenta. De ser posible, esta comunicación se producirá con carácter previo al bloqueo y, en caso contrario, inmediatamente después del mismo, salvo que la comunicación de tal información resulte comprometida por razones de seguridad objetivamente justificadas o fuera contraria a cualquier otra disposición normativa, como la relativa a la lucha contra el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
  3. El Sistema de Intercambio Ciudadano REC ordenará desbloquear la cuenta del Usuario una vez hayan dejado de existir los motivos para bloquear su utilización. Lo anterior se entenderá sin perjuicio del derecho del Usuario a solicitar el desbloqueo en tales circunstancias. El desbloqueo de la cuenta se realizará sin coste para el Usuario del servicio de pago.

3.9. Alcance de las responsabilidades del Sistema de Intercambio Ciudadano REC

  1. El Sistema de Intercambio Ciudadano REC no será responsable por la información transmitida y almacenada a petición de los Usuarios siempre que:
    • a) no tenga conocimiento efectivo que la actividad almacenada es ilícita o que lesiona bienes o derechos de terceros susceptibles de indemnización. Se entenderá que la Entidad Gestora tiene conocimiento de tales circunstancias cuando la autoridad competente haya declarado la ilicitud de los datos o se hubiera declarado la existencia de una lesión a terceros, y este conociera la correspondiente resolución.
    • b) si tiene el conocimiento efectivo de la ilicitud o carácter lesivo de la actividad registrada
    • c) ha actuado con diligencia para retirar los datos.
  2. El Sistema de Intercambio Ciudadano REC no garantiza la disponibilidad y continuidad del funcionamiento del Portal y de los servicios en la medida que esta dependa de servicios que no forman parte propiamente del Sistema de Intercambio Ciudadano REC. En consecuencia, tampoco es responsable por los daños y perjuicios que pudieran derivarse de la falta de disponibilidad y continuidad antes referida. En todo caso, cuando esto sea razonablemente posible, el Sistema de Intercambio Ciudadano REC advertirá previamente de las interrupciones en el funcionamiento del Portal y de los servicios. Tal preaviso no procederá cuando la interrupción o la suspensión del funcionamiento del Portal atendiera a la orden que la autoridad competente hubiera ordenado en este sentido, en ejercicio de las competencias que legalmente tenga atribuidas.
  3. El Sistema de Intercambio Ciudadano REC tampoco garantiza la utilidad del Portal y de los servicios para la realización de ninguna actividad en concreto, ni su infalibilidad y, en particular, aunque no de manera exclusiva, que los Usuarios puedan efectivamente utilizar el Portal y los servicios, acceder a las diferentes páginas web que forman el Portal o a aquellas desde las cuales se prestan los servicios.
  4. El Sistema de Intercambio Ciudadano REC no tiene ningún control sobre, ni asume la responsabilidad o la legalidad, de los productos o servicios pagados con su servicio.

3.10. Duración y resolución del Contrato

  1. La duración inicial del Contrato es de dos (2) años, prorrogándose de forma indefinida si las partes no manifiestan su oposición con una antelación mínima de dos (2) meses antes de expirar estos dos (2) años.
  2. El titular de la cuenta podrá proceder a la resolución del Contrato en cualquier momento con las siguientes condiciones:
    • a) siempre será necesario un preaviso con un mes de antelación.
    • b) si la cuenta presentara un saldo positivo de recs el titular dispondrá de tres (3) meses para gastarlo, durante los cuales no podrá recibir nuevos ingresos.
    • c) la resolución no afectará a un eventual bloqueo de la cuenta que se hubiera producido en conformidad con las disposiciones de la Cláusula 3.8.
  3. El Sistema de Intercambio Ciudadano REC podrá resolver el presente Contrato cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias y bajo las siguientes condiciones:
    • a) en caso de incumplimiento de este Contrato por parte del titular de la cuenta, de actuaciones reiteradas que pongan en peligro la viabilidad misma del Sistema en su configuración actual, como la paridad entre el euro y REC. En estos casos, el Sistema de Intercambio Ciudadano REC tendrá que proceder a comunicarlo dando un periodo no inferior a quince (15) días desde la fecha de notificación para hacer efectiva la resolución del Contrato.
    • b) en aquellos supuestos en los cuales el Sistema de Intercambio Ciudadano REC proceda a la resolución del Contrato en atención a actuaciones presuntamente delictivas vinculadas, entre otras, al blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. En tales casos, ningún preaviso será preceptivo. La resolución en este caso no afectará a un eventual bloqueo de la cuenta que se hubiera producido en conformidad con las disposiciones de la Cláusula 3.8.
    • c) en el supuesto que la cuenta tenga saldo cero y no haya recibido ninguna anotación ni en deber de ni al haber durando un periodo igual o superior a doce (12) meses, o cuando, estando registrado como cuenta inactiva, presente saldo cero o saldo a favor del Sistema de Intercambio Ciudadano REC, aunque sea como consecuencia del cargo de bonificaciones si las hubiera.
    • d) en caso de cese del Sistema, el Sistema de Intercambio Ciudadano REC realizará un preaviso con una antelación mínima de dos (2) meses.
  4. De cobrarse gastos periódicos por los servicios del Sistema de Intercambio Ciudadano REC, al momento de la resolución del Contrato, el Usuario del Sistema de Intercambio Ciudadano REC sólo abonará la parte proporcional debida hasta la resolución del Contrato y si se hubieran pagado por anticipado, se reembolsarán de manera proporcional.
  5. Las disposiciones de la presente Cláusula no impiden el derecho de las partes a solicitar la declaración de nulidad del presente Contrato, según el Código Civil.

3.11. Modificación de las condiciones

  1. El Sistema de Intercambio Ciudadano REC podrá proponer cualquier modificación de las condiciones previstas en este Contrato y de la información relativa a la operativa del Sistema de Intercambio Ciudadano REC, comunicándola con una antelación no inferior a dos (2) meses respecto a la fecha de entrada en vigor de la modificación propuesta. La comunicación de las modificaciones se realizará a través de la página web del Sistema de Intercambio Ciudadano REC y a través del correo electrónico indicado a efectos de notificaciones por propio Usuario en el presente Contrato. Todas estas comunicaciones tendrán que destacarse y explicarse con claridad.
  2. La aplicación de las modificaciones se hará efectiva si vencido el plazo del preaviso, el titular de la cuenta no ha manifestado su oposición. En caso contrario, el Sistema de Intercambio Ciudadano REC notificará la resolución del Contrato en la misma fecha prevista para la aplicación de las modificaciones sin ningún añadido.
  3. No obstante, el anterior, el Sistema de Intercambio Ciudadano REC podrá aplicar de forma inmediata aquellas modificaciones que inequívocamente resulten más favorables para todos los Usuarios del Sistema de Intercambio Ciudadano REC.

3.12. Propiedad intelectual e industrial

  1. El Sistema de Intercambio Ciudadano REC, todos sus contenidos, marcas, la información y materiales contenidos en el mismo, la estructura, selección, ordenación y presentación de sus contenidos y los programas informáticos utilizados en relación con el mismo están protegidos por derechos de propiedad intelectual e industrial titularidad del Sistema de Intercambio Ciudadano REC o de terceros.
  2. Salvo que fuera autorizado por escrito por el Sistema de Intercambio Ciudadano REC o, si procede, por los terceros titulares de los derechos correspondientes, o salvo que esto resulte legalmente permitido, el Usuario no podrá reproducir, transformar, modificar, desensamblar, realizar ingeniería inversa, distribuir, alquilar, prestar, poner a disposición o permitir el acceso al público a través de cualquier modalidad de comunicación pública de ninguno de los elementos referidos en el párrafo anterior.
  3. En particular, queda terminantemente prohibido:
    • a) La utilización de los textos, imágenes, anuncios y cualquiera otro elemento incluido a la página web y la aplicación móvil para su posterior inclusión, total o parcial, modificados u originales, en otros lugares de internet ajenos al Sistema de Intercambio Ciudadano REC sin contar con la autorización previa y por escrito del Sistema de Intercambio Ciudadano REC.
    • b) La supresión de signos identificativos de los derechos de propiedad industrial o de cualquier otro del Sistema de Intercambio Ciudadano REC o de los terceros, que figuren en el Portal.
    • c) La manipulación de cualquier dispositivo técnico establecido por el Sistema de Intercambio Ciudadano REC, o por terceros, ya esté en el Portal del Sistema de Intercambio Ciudadano REC, en cualquier de los materiales, elementos o información obtenidos a través de este, para la protección de sus derechos.
  4. El Usuario profesional concede al Sistema de Intercambio Ciudadano REC el derecho a utilizar y representar el nombre de su empresa, sus marcas comerciales y logotipos a nuestro sitio web y a nuestras aplicaciones para móvil y aplicaciones de escritorio con el fin de mostrar la información sobre su empresa y sus productos y servicios al Sistema de Intercambio Ciudadano REC.
  5. Al proporcionar un contenido o publicarlo (en cada caso para la publicación, con o sin conexión en Internet) utilizando los servicios de la plataforma, el Usuario concede al Sistema de Intercambio Ciudadano REC un derecho no exclusivo, irrevocable, libre de derechos de autor para ejercer todos los derechos de copyright, publicidad, marcas comerciales, bases de datos y derechos de propiedad intelectual sobre sus derechos sobre el contenido, en cualquier medio conocido ahora o para conocer en el futuro.
  6. Declara y garantiza que ninguno de los siguientes supuestos infringe ningún derecho de propiedad intelectual
    • a) su provisión de contenido para el sistema.
    • b) su envío de contenido mediante los servicios del sistema.
    • c) el uso que hace el Sistema de Intercambio Ciudadano REC de tal contenido (incluidas las obras derivadas del mismo) en relación con los servicios prestados.

3.13. Régimen de protección de datos de carácter personal

La Entidad Gestora se compromete, como responsable del tratamiento de los datos personales que queden registradas en el Sistema de Intercambio Ciudadano REC, a respetar escrupulosamente la legislación vigente de protección de datos de carácter personal.

El Usuario puede contactar en cualquier momento con la Entidad Gestora mediante escrito dirigido en Plaza Cataluña, nº 9, 5è 2a, 08002 de Barcelona o bien mediante correo electrónico a [info@rec.barcelona].

De acuerdo con el que se establece a la normativa de protección de datos de carácter personal, la Entidad Gestora sólo tratará los datos del Usuario con el fin de gestionar y hacer viable el Sistema de Intercambio Ciudadano REC.

Así mismo, para un correcto seguimiento y control del uso que se haga del Sistema, la Entidad Gestora podrá conservar la traza de las operaciones realizadas por los usuarios, tanto consumidores como profesionales, así como realizar su análisis posterior a los efectos de mejorar el propio Sistema.

La base jurídica para llevar a cabo el tratamiento de los datos es el consentimiento que presta el Usuario en el momento de aceptar las presentes condiciones generales.
Los datos tratados por la Entidad Gestora son estrictamente necesarias, adecuadas y pertinentes. El Usuario, por su parte, se compromete expresamente a proporcionar datos que sean veraces, exactos y actualizadas, así como a comunicar cualquier modificación o error en las mismas.

Los datos se conservarán mientras dure la participación del Usuario en el Sistema y, un golpe finalizada esta, durante los plazos de conservación y prescripción de responsabilidades legalmente previstas a la normativa.

Los datos facilitados por el Usuario no serán cedidas a terceros, excepto los siguientes supuestos:

  1. Comunicaciones a Administraciones públicas para el cumplimiento de obligaciones legales.
  2. Comunicaciones entre los propios usuarios de los Sistema en el momento en que se realice un pago. Cada intercambio quedará reflejado la aplicación para móviles y los dos usuarios que hayan intervenido en la operación podrán visualizar sus datos respectivos.
  3. Comunicación a la entidad prestamista de servicios de pagos para poder gestionar los pagos de los intercambios.

Así mismo, la Entidad Gestora contratará servicios, de proveedores externos, que para la prestación de los servicios también tendrán que acceder a los datos del Usuario. Estos proveedores, que actuarán en calidad de encargados de los tratamientos, son: proveedores de comunicaciones electrónicas, hosting, ofimática, gestoría, contabilidad, auditoría, abogados, alojamiento de datos y servicios de analítica y estadística. En cuanto a las transferencias internacionales, los datos de carácter personal se podrán transferir a Encargados ubicados en los Estados Unidos de América adheridos a las políticas de PrivacyShield, que cuentan con una decisión de adecuación de la Comisión Europea (Decisión de ejecución (UE) 2016/1250 de la Comisión).

El Usuario podrá ejercer ante la Entidad Gestora suyos derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, enviando su solicitud a las direcciones postal o electrónica mencionadas al inicio de esta cláusula sobre protección de datos. El Usuario tiene el derecho de retirar su consentimiento en cualquier momento, sin que esto afecte la licitud del tratamiento previo a su retirada. En todo caso, el Usuario tiene el derecho también de presentar una reclamación ante la correspondiente autoridad de control, si lo estima conveniente.

En el supuesto que el Usuario comunique datos al Sistema de terceras personas, como en el caso de las “personas autorizadas”, es el Usuario quien se compromete a facilitarlos, con carácter previo, la información contenida en esta cláusula y obtener el consentimiento de estas terceras personas.

3.14. Servicio de atención al Usuario

  1. El titular del Sistema ofrece un servicio de atención al Usuario, adecuado a sus necesidades. La articulación de este servicio permite combinar el uso de canales de comunicación telemáticos a través de los cuales estará adecuadamente referenciado.
  2. El titular del Sistema dispondrá en todo momento de una guía del Usuario o tutorial, o material análogo, con el objetivo de poner al alcance las explicaciones necesarias sobre la forma y posibilidades de las operaciones. Además, facilita un listado de preguntas frecuentes de utilidad para el Usuario.
  3. El servicio de atención al Usuario orienta su actividad a dar respuesta a las dudas de los Usuarios y fomentar una buena aceptación y uso del Sistema por parte de estos.
  4. La entidad proveedora de los servicios técnicos participa en el servicio de atención al Usuario a través del servicio de asistencia técnica que prestará a la Entidad Gestora para resolver las dudas que puedan surgir dentro del ámbito técnico de la plataforma de pago…

3.15. Tipificación de infracciones y sanciones

  1. Faltas leves.
    1. Publicaciones de anuncios u ofertas no permitidas.
    2. Incumplimiento de respecto de otros Usuarios relacionados con el Sistema.
    3. El incumplimiento leve del protocolo que regula la relación entre la entidad proveedora de servicios técnicos del Sistema y los Usuarios en atención al grado de distorsión en el funcionamiento del Sistema y su seguridad.
    4. El resto de las infracciones no clasificadas en los apartados siguientes
  1. Faltas graves.
    1. Incumplimiento de la obligación de entregar bienes o servicios, asumida en una transacción.
    2. La realización de actividades o el uso de los recs sin autorización.
    3. Autorizar el acceso al Sistema a personas que no estén directamente vinculadas al titular de la Cuenta.
    4. El incumplimiento por parte del Usuario de las condiciones pactadas en el Contrato.
    5. El incumplimiento grave del protocolo que regule la relación entre la entidad proveedora de servicios técnicos del Sistema y lo
    6. Usuarios en atención al grado de distorsión en el funcionamiento del Sistema y su seguridad.
    7. La reincidencia en la comisión de faltas leves.
  1. Faltas muy graves.
    1. Causar cualquier daño patrimonial a la Entidad Gestora.
    2. Cualquier tentativa comprobada de adulteración o fraude o acceso a áreas restringidas de la plataforma informática.
    3. El incumplimiento muy grave del protocolo que regule la relación entre la entidad proveedora de servicios técnicos del Sistema y los Usuarios en atención al grado de distorsión en el funcionamiento del Sistema y su seguridad.
    4. La reincidencia en la comisión de faltas graves.
  1. Tipología de las sanciones.

Las sanciones que se pueden imponer por infracciones a las disposiciones del Contrato son las siguientes:
• Advertencia.
• Suspensión o revocación de la cuenta de usuario, sin posibilidad de indemnización.

  1. Graduación de las sanciones.

La advertencia se hace para aquellas infracciones consideradas leves, no dolosas, siempre que no haya reincidencia o reiteración.

Las infracciones consideradas graves o muy graves comportarán la advertencia o, a criterio de la Entidad Gestora, la suspensión o revocación de la cuenta de usuario, sin posibilidad de indemnización.

Dos faltas leves equivalen a una falta grave y dos faltas graves son equivalentes a una falta muy grave.

En todo caso, la comisión de tres faltas muy graves se sancionará con la resolución del Contrato y con la confiscación (si fuera el caso) de la cuota de alta del Sistema, sin que el adjudicatario tenga derecho a reclamación ni devolución de los importes satisfechos.

  1. Marco legal aplicable

El presente Contrato se regirá por la legislación española que le sea de aplicación en cada momento.

  1. Cesión

Los Usuarios no podrán ceder este Contrato sin el previo consentimiento por escrito de la Entidad Gestora. La Entidad Gestora podrá ceder el presente Contrato a cualquier otra entidad que pueda gestionar en el futuro el Sistema de Intercambio Ciudadano REC sin consentimiento de los Usuarios, previa notificación.

  1. Procedimiento de reclamación extrajudicial

En caso de divergencia entre las partes del Contrato sobre cualquier gestión relacionada con el mismo, los Usuarios podrán realizar reclamaciones ante los Servicios de Reclamaciones y Atención al Cliente del Sistema de Intercambio Ciudadano REC de la Entidad Gestora: [Plaça Catalunya, Nº 9, 5é 2na 08002 Barcelona], [651 34 14 06], [info@rec.barcelona].

Apéndice

Parámetros de cuenta son

fecha de aceptación de este Contrato, los parámetros de aplicación a las cuentas son:

(C1) Tipo de cuenta:              Particular
Profesional

(C2) Tipo de Usuario:            Consumidor
Profesional

(C3) Cuota mensual de participación: 0 euros

(C4) Importe mínimo de conversión: 0 euros, sacado de baja de Sistema.

(C5) Importe máximo de conversión: 5.000 euros mensuales

(C6) Cuota de conversión: 0%

(C7) Cuota de transacción: 0%

(C8) Tasa por transacción: 0%