TÉRMINOS Y
CONDICIONES DE USO
DE LA CAMPAÑA
LE TOCA AL BARRIO

CONDICIONES DE USO

El Ayuntamiento de Barcelona lanza la campaña LE TOCA AL BARRIO con el objetivo de estimular el consumo en los comercios y servicios de proximidad y mercados del Eje Besòs. Se destinan 100.000 RECS para bonificar un 35% de las compras realizadas con la moneda ciudadana REC, promovida por el Ayuntamiento de Barcelona y NOVACT, en los barrios del Eje Besòs.

Si eres un comercio, descarga la declaración responsable, fírmala y envíala a info@rec.barcelona para poder participar en la campaña:

Declaración Responsable
LE TOCA AL BARRIO tiene como objetivo el impulso del comercio y servicios de proximidad y los mercados en los siguientes 10 barrios del Eje Besòs de los distritos de Nous Barris, Sant Andreu y Sant Martí: Ciudad Meridiana, Vallbona, Torre Baró, les Roquetes, la Trinitat Nova, la Trinitat Vella, Baró de Viver, el Bon Pastor, la Verneda y la Pau y el Besòs y el Maresme.
Es una campaña que promueve la captación y fidelización de nuevas personas consumidoras mediante una bonificación del 35% (porcentaje de aportación municipal) sobre las compras efectuadas en los establecimientos participantes.
El Ayuntamiento de Barcelona destina 100.000 euros para bonificar en un 35% las compras realizadas por personas usuarias particulares en la moneda ciudadana, llamada “MONEDA CIUDADANA REC” (en adelante, “moneda ciudadana” o “REC”), a los comercios y servicios de los barrios mencionados del Eje Besòs que se adhieran a la campaña en las condiciones que se exponen en este documento.
La campaña tiene vigencia hasta el 28 de febrero de 2022. Hasta esta fecha se podrán realizar compras con los RECS bonificados. En todo caso, únicamente se otorgarán bonificaciones hasta agotar la aportación municipal antes mencionada.

  1. Cualquier persona que esté registrada en la aplicación del REC como usuaria particular y que cambie un mínimo de 10 euros a RECS a través de la aplicación REC (disponible para IOS y Android a través de Apple Store y Play Store, respectivamente). Este mínimo hay que cargarlo de una sola vez y aceptar los términos y condiciones de la campaña LE TOCA AL BARRIO para ser incluido o incluida automáticamente como participante.
  2. Las paradas de mercado, comercios o servicios de proximidad que tengan establecimiento abierto en alguno de los 10 barrios del Eje Besòs antes mencionados pueden participar. Para adherirse a la campaña habrá que seguir el procedimiento que se explica en este enlace: rec.barcelona/litocalbarri.
Entendemos por comercio y servicios de proximidad y paradas de mercados municipales, aquellos establecimientos que, con una superficie de venta inferior a 800 metros cuadrados, ejercen una actividad económica con el objetivo principal de ofrecer productos y servicios a las personas consumidoras y usuarias del entorno, una actividad económica realizada por personas trabajadoras autónomas o pymes que contribuyen a tejer relaciones vecinales y a cultivar espacios públicos de convivencia. Son aquellas iniciativas que están orientadas a las necesidades de la población y que por tanto, van más allá de obtener solamente el beneficio económico. También incluye los establecimientos emblemáticos en cuanto que estas tiendas dan vida al comercio de proximidad, aquel donde la clientela encuentra el trato deseado, el consejo y los productos de calidad, enriqueciendo la convivencia ciudadana en el espacio público.

A pesar de mantener «Comercio y servicios de proximidad y mercados» hay que tener en cuenta otras definiciones que pueden ser más precisas:
*Pequeños establecimientos comerciales (PEC): establecimientos, individuales o colectivos, con una superficie de venta inferior a 800 metros cuadrados. Article 6 de Decreto-ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales. Comunidad Autónoma de Cataluña .«DOGC» núm. 5534, de 28 de diciembre de 2009.«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2010. Referencia: BOE-A-2010-738.
También incluye los establecimientos emblemáticos: «Barcelona goza de un patrimonio comercial de primer orden, constituido, en gran parte, por tiendas emblemáticas que han pasado de generación en generación conservando su carácter original, a pesar de los retos de la modernización y los cambios en los hábitos de consumo: son establecimientos con sello propio, que aportan personalidad al vecindario y al entorno.Estas tiendas dan vida al comercio de proximidad, aquel donde la clientela encuentra el trato deseado, el consejo y los productos de calidad, enriqueciendo la convivencia ciudadana en el espacio público.” MEDIDA DE GOBIERNO – febrero 2014. PLAN ESPECÍFICO DE PROTECCIÓN Y APOYO A LOS ESTABLECIMIENTOS EMBLEMÁTICOS.
A. Cómo persona usuaria particular (beneficiarias de la bonificación):
  1. Darse de alta o estar registrado/ada a la aplicación del REC como persona usuaria particular.
  2. Para participar en la campaña hay que cambiar un mínimo de 10 euros a RECS, en una única operación, y aceptar estos términos y condiciones de la campaña LE TOCA AL BARRIO a través de la aplicación del REC.
  3. Una vez realizado este cambio mínimo en una única operación, a la persona usuaria, se le creará su cuenta LE TOCA AL BARRIO en la aplicación del REC donde se le irán cargando los RECS bonificados.
  4. Tendrán derecho a bonificación los cambios posteriores de euros a RECS hasta un máximo de 3.000 euros/recs por persona usuaria particular.
  5. Cada vez que se haga una compra en un comercio adherido a la campaña a la persona compradora se le bonificará automáticamente un 35% de la compra, hasta agotar los 100.000 RECS totales de bonificación de la campaña.
  6. Los RECS de la cuenta LE TOCA AL BARRIO solo pueden ser gastados en los comercios adheridos a la campaña y no recibirán ninguna nueva bonificación. Se bonifican únicamente los recs que se hayan recargado inicialmente por el cambio de euros.
  7. En caso de devolución de una compra bonificada, se restarán los RECS por ella bonificados de la cuenta LE TOCA AL BARRIO de la persona usuaria.
En el momento de la finalización de la campaña LE TOCA AL BARRIO, es decir, a 28 de febrero de 2022, los RECS bonificados no gastados se perderán, es decir, no podrán ser usados en las compras.
Tal como se indica en las condiciones generales de uso, las personas usuarias particulares no podrán intercambiar los RECS adquiridos por euros (ni los RECS bonificados), por lo que tienen que ser gastados en compras en os establecimientos adheridos al REC y en el caso de los RECS bonificados, en los establecimientos adheridos a la campaña.
B. Como usuaria profesional
Si eres un comercio o servicio de proximidad, cuando las personas consumidoras hagan la compra, no tendrás que avanzar los RECS de la bonificación. NOVACT, desde la cuenta central de la campaña al Sistema REC, ingresará automáticamente el 35% de la bonificación a tu cuenta y de este a la cuenta de la persona usuaria particular que ha realizado la compra.
Las recargas de RECS hechas desde una cuenta usuaria profesional no activarán ningún derecho de bonificación, este derecho solo se activa desde las cuentas de personas usuarias particulares. Si una persona comerciante desea participar personalmente a la campaña, tendrá que abrirse una cuenta particular a la aplicación REC.
Las personas comerciantes adheridas a la campaña podrán cambiar sus ingresos de RECS a euros tal como facilita el propio sistema. Para poder hacer este cambio hay que haber presentado toda la documentación correcta requerida para dar cumplimiento a los requerimientos de lucha contra el fraude y el blanqueamiento de dinero de la normativa vigente que se explicita a las Condiciones Generales de Participación al Sistema de Intercambio Ciudadano REC y que podéis consultar al siguiente enlace: https://rec.barcelona/faq-items/documentacio-necessaria/
Requisitos obligatorios para participar en la campaña como persona usuaria profesional:
  1. Ser una parada de mercado municipal, un comercio o servicio de proximidad, pequeños establecimientos comerciales: comercio local, independiente y arraigado en el territorio, según aquello expresado más arriba en el apartado “Quien puede participar”.
  2. Darse de alta en el sistema y la aplicación del REC – moneda ciudadana – como persona usuaria profesional/comercio. Este requisito se acreditará a través de validar el alta en la base de datos del sistema REC de la aplicación.
  3. Aceptar expresamente los términos y condiciones de la campaña LE TOCA AL BARRIO.
  4. Aceptar cobrar las ventas a las personas consumidoras o usuarias que lo pidan con RECS.
  5. Tomar el compromiso de aplicar el 35% de bonificación a las ventas en RECS y autorizar NOVACT, como gestora de la campaña, a hacerlo automáticamente en su nombre.
  6. Mantener el mismo precio de venta al público en RECS que en euros del producto o prestación de servicio, así como la misma calidad y gamma de productos o servicios ofrecidos.
  7. Aceptar hacer difusión de la campaña LE TOCA AL BARRIO y otras actas vinculados de promoción y comunicación vinculadas a esta.
  8. La persona usuaria profesional cederá de manera no exclusiva una licencia de uso sobre la imagen relativa a su marca o nombre comercial, sin posibilidad de poder cederla a terceros ni conceder sublicencias.
  9. Para la justificación de la campaña, si se tercia, se podrán requerir aquellas facturas y/o tickets emitidos relacionados con las ventas donde se haya aplicado el porcentaje de la bonificación y por las cuales la persona usuaria profesional ha recibido la subvención con la que bonificar la compra. La persona usuaria profesional habrá, pues, de guardar copia de estas.
Los requisitos de los apartados 3 al 9 se acreditarán a través de una declaración responsable firmada y sellada por la empresa solicitante según el modelo que se adjunta al Anexo I.
Todas las personas participantes se comprometen a mantener los compromisos que justifican esta campaña durante su duración.
En caso de incumplimiento, serán apercibidos y, en caso de no solucionarlo podrán ser dados de baja de la campaña LE TOCA AL BARRIO por la misma comisión que los ha seleccionado.
  1. Derecho de admisión en la campaña cuando se cumplan los requisitos establecidos.
  2. Derecho a tener una disponibilidad inmediata de los RECS bonificados en su cuenta por parte de la persona usuaria que haya realizado una compra en un comercio adherido a la campaña.
  3. Derecho a acceder a la información del estado de su cuenta LE TOCA AL BARRIO en todo momento.
  4. Derecho a ser informados/das de forma permanente, fácil, directa y gratuita, entre otros extremos:
    1. Sobre las condiciones técnicas y de otra índole necesarias para la correcta operativa de la campaña.
    2. Sobre las modificaciones que se puedan proponer en esta campaña para que la usuaria pueda, en todo caso, manifestar eventualmente su oposición. Esta información comprende el contenido y alcance de la modificación propuesta, el plazo para manifestar su oposición y la consiguiente voluntad de resolución de su participación en la misma, así como la entrada en vigor de las medidas propuestas. Se entenderá que NOVACT, como entidad gestora de la campaña, ha hecho efectivo este derecho de información a la usuaria mediante la inclusión de esta información a la página o lugar principal web de la campaña, ya sea mediante avisos específicos al acceder a la cuenta u otras técnicas que permitan a la persona usuaria detectar fácil y comprensiblemente novedades que resulten relevantes para la operativa de la Campaña. La referida inclusión será prueba suficiente del cumplimiento de esta obligación.
  1. Derecho a recibir un servicio de atención a la persona usuaria adecuado a sus necesidades.
  2. Derecho de las personas usuarias consumidoras a denunciar ante NOVACT, como entidad gestora de la campaña, aquellas situaciones de incumplimiento de las condiciones de esta campaña por parte de personas usuarias profesionales, en especial el establecimiento de cuotas o recargos, precio diferenciado si se paga en euros, o cualquier otro concepto por parte de usuarias profesionales que altere el funcionamiento de la misma.
Para conocer mejor el marco de la campaña se debe consultar los siguientes materiales:
Para más información sobre la convocatoria, fases de desarrollo, tipo de organizaciones, además de otras aclaraciones y cuestiones prácticas sobre LE TOCA AL BARRIO, puedes contactar con nosotros a través de: info@rec.barcelona – 651341406 (De 9.30h a 14.30h)
El Instituto Internacional para la Acción Noviolenta (en adelante, “NOVACT”) es el responsable del tratamiento de los siguientes datos: a) las de la propia usuaria profesional, cuando esta tenga la consideración de trabajador/a por cuenta propia o autónomo; b) las de las personas físicas que, prestando sus servicios a la usuaria profesional, entren en contacto con NOVACT para posibilitar el mantenimiento, desarrollo y gestión de la relación formalizada por la adhesión de la usuaria profesional a la campaña, a quien la propia usuaria profesional se compromete a dar traslado del contenido de esta cláusula; y c) las de las personas usuarias particulares que se den de alta y se registren para participar en la campaña.
Los datos personales de los interesados indicados se tratarán para las siguientes finalidades:
  • Posibilitar el mantenimiento, desarrollo y gestión de la relación formalizada por la adhesión de la usuaria profesional o particular a la campaña. Los datos tratados con cuyo objeto se conservarán mientras se mantenga esta relación y, una vez finalizada, durante los plazos de conservación y de prescripción de responsabilidades legalmente previstos. La base jurídica del tratamiento es: a) En relación a la propia usuaria profesional que es trabajador/a por cuenta propia o autónomo, la ejecución de un contrato en que el interesado es parte; b) En relación a las personas de contacto, el interés legítimo de NOVACT de contactar con la persona usuaria profesional por medio de estas y c) En relación a las personas particulares que se den de alta para participar en la campaña, la ejecución de un contrato en que el interesado es parte.
  • Mantener informados a los usuarios, incluso por medios electrónicos (llamadas de seguimiento, SMS y/o correos electrónicos), sobre las novedades y el estado del proyecto “Li toca en el barrio”. Esta finalidad también puede incluir la realización de encuestas en usuarios particulares y comercios adheridos al proyecto “Li *Toca en el barrio”. Los datos tratados con cuyo objeto se conservarán hasta el momento en que el usuario retire su consentimiento dado para la recepción de las mencionadas comunicaciones y, después de esto, durante los plazos de conservación y de prescripción de responsabilidades legalmente previstas. La base jurídica del tratamiento es el consentimiento del usuario. El usuario se puede dar de baja de estas comunicaciones así como dejar de recibir solicitudes para contestar encuestas en cualquier momento retirando su consentimiento, tal y como se explicita a continuación.
Para estas finalidades los datos se podrán comunicar a los siguientes destinatarios terceros: Ayuntamiento de Barcelona y Barcelona Activa como administración pública por el cumplimiento de obligaciones legales; entidades bancarias por la gestión de cobros y pagos. También se podrán comunicar a las siguientes categorías de encargados: Proveedores de comunicaciones electrónicas, ofimática, *hosting, *housing, mantenimiento informático, gestoría, contabilidad, auditoría, asesoría, representación legal y abogados, alojamiento de datos y servicios de analítica y estadística. Alguno de estos encargados podrán transferir datos de carácter personal a encargados del tratamiento ubicados a terceros países y con los cuales se han formalizado las cláusulas tipos de protección de datos adoptados por la Comisión Europea (Decisión de la Comisión (UE) 2021/914/UE de 4 de junio de 2021).
Las y los interesados pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y oposición, enviando su solicitud a Junta de Comercio 20, Principal, 08001 – Barcelona; o a legal@rec.barcelona. En todo caso, las y los interesados tienen el derecho a presentar una reclamación ante la correspondiente autoridad de control si lo consideran oportuno.
La participación en la convocatoria LE TOCA AL BARRIO se ajusta a las condiciones de uso generales del Sistema de Intercambio Ciudadano REC y supone la aceptación íntegra e incondicional de estos términos y condiciones por parte de cada participante, así como la asunción de todos los compromisos que se derivan de los contratos con las partes implicadas: NOVACT y el Ayuntamiento de Barcelona.
En caso de incumplimiento con los compromisos requeridos en este documento y aceptados por las personas usuarias, se aplicará la tipificación de sanciones indicadas a las condiciones generales de participación al Sistema de Pagos Ciudadano REC (advertencia, suspensión o revocación de la cuenta de usuaria, sin posibilidad de indemnización).

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